Pasaron más de 50 años desde la última vez que se actualizó la lista de enfermedades y lesiones por riesgos de trabajo
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En la sesión ordinaria del 12 de abril, la Cámara de Diputados aprobó, de manera histórica, una actualización a las tablas de enfermedades y lesiones laborales contempladas en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Con 427 votos a favor y ninguno en contra, el Pleno de San Lázaro dio luz verde a un dictamen que modifica los artículos 513, 514 y 515 de la mencionada normativa. El proyecto se originó en el Ejecutivo Federal y fue enriquecido con algunas propuestas de las y los legisladores involucrados en la materia.
La lista de enfermedades laborales no había sido revisada ni actualizada desde 1970, por lo que la aprobación unánime del dictamen fue celebrada al interior del recinto. Con esto, se contempla que el catálogo se amplíe de 161 a 194 padecimientos de trabajo. Además, la tabla de lesiones por riesgos laborales para la valuación de incapacidades aumentó de 409 a 524.
De acuerdo con la diputada Leticia Zepeda Martínez, del Partido Acción Nacional (PAN), principal promovente del proyecto, la finalidad es “fortalecer la protección de las personas trabajadoras ante enfermedades y accidentes de trabajo”.
Uno de los aspectos más destacados de la iniciativa es que, por primera vez, se reconocieron las enfermedades mentales como padecimientos que tienen un impacto directo en la salud de las personas trabajadoras. En este sentido, se advierte que la aprobación del dictamen es un paso hacia la consolidación de un país con seguridad social.
Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, el documento será remitido al Senado de la República para su discusión y, en caso de que exista un consenso, su posterior aprobación.
¿Cuáles son las enfermedades que se añadieron?
Entre los grupos de enfermedades que se adicionaron como padecimientos laborales están aquellos que afectan la salud mental, como lo es la ansiedad, el insomnio, la depresión y los trastornos relacionados con el estrés.
Aunque el dictamen sostiene que estas afecciones se pueden presentar en personas de cualquier sector, resaltó que hay un mayor riesgo para quienes se desempeñan como personal de salud, educación, transporte, atención a usuarios, seguridad pública, Fuerzas Armadas, atención de desastres, urgencias, sector privado y sector público.
Las y los legisladores consideraron necesario el reconocimiento de la salud mental como algo prioritario en la vida laboral, pues los altos niveles de estrés, o burnout, a los que están expuestas las personas trabajadoras pueden originar múltiples complicaciones.
Respecto a la lista de patologías infecciosas y parasitarias, el catálogo se engrosó de 21 a 41 enfermedades, entre las que se añadió el Covid-19. Además, se implementará un parámetro para evaluar el riesgo de exposición de las personas trabajadoras con cuatro niveles. También estarán incluidas infecciones como la gripe aviar y la influenza AH5N1.
Afecciones oculares como las cataratas, el glaucoma, la conjuntivitis y el deterioro leve de la visión también podrán ser consideradas como problemas derivados del trabajo.
Hasta antes de esta iniciativa, la LFT únicamente contemplaba cuatro tipos de cáncer de origen laboral —causados por la exposición a agentes cancerígenos en el entorno de trabajo—, pero la cifra subió a 30 con la nueva propuesta, lo que representa uno de los cambios más destacados.
“Incrementa [el número de] las enfermedades derivadas por intoxicaciones de 36 a 46; agrupa enfermedades como neumoconiosis y broncopulmonares producidas por aspiración de polvos y humos de origen animal, vegetal o mineral, así como aquellas de las vías respiratorias producidas por inhalación de gases o vapores y del sistema respiratorio”.
La propuesta también subrayó la necesidad de contemplar la insuficiencia venosa periférica crónica como una enfermedad originada por estar de pie mucho tiempo o por caminar mucho. A esta afección son más propensas las personas que trabajan como cajeras, carteras, choferes de transporte terrestre, meseras, policías, personal de salud y vigilantes.
Resaltó igualmente la inclusión del síndrome del túnel carpiano como una dolencia derivada de la actividad laboral. De acuerdo con especialistas, esta afección causa entumecimiento, debilidad y disfuncionalidad en los tendones y el nervio que va desde la parte inferior del brazo hasta la mano, por la zona media de la muñeca.
Personas que laboren como choferes, repartidores, meseros, deportistas profesionales y quienes trabajan en posiciones forzadas no ergonómicas pueden sufrir síndrome de túnel carpiano, así como tendinitis del hombro y deterioros en la columna.
El dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la LFT también consideró que padecimientos como el cáncer de mama, la endometriosis, los abortos recurrentes, dermatitis alérgicas, enfermedades pulmonares y daños en la columna pueden ser consideradas como consecuencias laborales. Considerando esto, quienes las desarrollen tendrán derecho a una incapacidad pagada, ya sea temporal, parcial o permanente, así como a una indemnización.
Detalles del proyecto citados por El Economista refirieron que las personas que se dedican a la producción de farmacéuticos, cosméticos y perfumes, o a la fumigación y control de plagas, podrían generar hipertensión y cardiopatía isquémica.
Durante la sesión, la diputada Leticia Zepeda reconoció que, además del beneficio que esto podría representar para las personas trabajadoras, serían necesarias modificaciones al sistema de salud que permitieran la adecuada atención y tratamiento para afecciones como la endometriosis.
Tabla de enfermedades deberá ser actualizada cada cinco años
La última actualización a la lista de enfermedades y lesiones contenidas en la LFT ocurrió en abril de 1970, cuando aún era presidente Gustavo Díaz Ordaz. Ocho mandatarios pasaron por el Ejecutivo Federal sin que la normativa fuera reformada en este sentido.
Por tal motivo, y con la intención de prevenir un rezago similar, el proyecto de reforma, emanado de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, estableció que el catálogo de enfermedades de trabajo deberá ser revisado al menos cada cinco años desde la fecha de su publicación y entrada en vigor, o bien, cuando existan estudios e investigaciones científicas que justifiquen una discusión al respecto.
De igual manera, la propuesta de modificación al artículo 513 determinó que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) será la encargada de actualizar la tabla de enfermedades y de valuación de incapacidades. Esta dependencia le entregará el documento a la persona titular del Ejecutivo Federal en turno para su consideración y, en caso de requerirse, iniciar un nuevo proceso legislativo.
Si el proyecto es avalado en el Senado sin complicaciones, este conjunto de cambios a la LFT podría entrar en vigor en fechas próximas.