Se oficializa inmueble en Ixtapa
El presidente municipal de Puerto Vallarta, profesor Luis Alberto Michel Rodríguez, oficializará este miércoles en sesión ordinaria de ayuntamiento, el comodato de un terreno para la cristalización del banco del bienestar en la delegación de Ixtapa.
El tema viene contemplado en el 7.2. de la reunión edilicia, a la letra se dicta la lectura, discusión y en su caso aprobación del dictamen emitido por las comisiones edilicias de Gobernación y Ordenamiento Territorial, mediante el cual se somete a la consideración de los integrantes del Pleno del Ayuntamiento se autorice otorgar en donación al gobierno federal una superficie de 415.78 m2 del bien inmueble de propiedad municipal ubicado entre la Av. José Guadalupe Zuno y canal pluvial del Fraccionamiento Palmares Universidad en la Delegación Ixtapa.
Los suscritos, con el carácter de integrantes de la Comisión Edilicia Permanente de Gobernación; en coadyuvancia con la Comisión de Ordenamiento Territorial, con fundamento en lo establecido por el artículo 27 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como los diversos, 41 fracción X, 47 fracciones VII y XI, 56 y 60 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, emiten el siguiente dictqmen:
Que tiene por objeto resolver la iniciativa de Acuerdo Edilicio presentada por el C. Presidente Municipal L.A.E. Luis Alberto Michel Rodríguez, mediante la cual propone a este Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, se autorice otorgar en donación a la Delegación de Programas para el Bienestar Jalisco, un predio de propiedad municipal con una superficie de 400 m2, ubicado entre la Avenida José Guadalupe Zuno, en el Fraccionamiento Palmares Universidad de la Delegación de Ixtapa de este Municipio, para destinarse a la construcción de un Banco de Bienestar del Gobierno Federal.
Los puntos de acuerdo son:
- PRIMERO: El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco aprueba la desincorporación del bien de dominio público, para formar parte del dominio privado, respecto la fracción (II) del lote I de la manzana 16, con superficie de 415.78 m2, ubicado entre Av. José Guadalupe Zuno y canal pluvial, fraccionamiento Palmares Universidad, en la Delegación de Ixtapa, de esta ciudad de Puerto Vallarta, Jalisco, cuyas medidas y colindancias son; Al Noreste; en 23.43 metros con fracción Ill, del lote 1 de la manzana 16; Al Suroeste; en 20.00 metros con fracción I, del lote I de la manzana 16; Al Sureste; en 20.00 metros con fracción Ill del lote I de la manzana 16; Al Noroeste; en línea curva en 6.24 metros + 11.56 metros + 2.68 metros con Avenida José Guadalupe Zuno.
- SEGUNDO: El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, aprueba otorgar en donación al gobierno federal, la fracción (Il) del lote I de la manzana 16, con superficie de 415.78 m2, ubicado entre Av. José Guadalupe Zuno y canal pluvial, Fraccionamiento Palmares Universidad, en la Delegación de Ixtapa, del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, cuyas medidas y colindancias se precisan en el resolutivo PRIMERO del presente dictamen, para destinarse a la construcción de un Banco del Bienestar en nuestro Municipio.
- TERCERO: Se autoriza a los C.C. Presidente Municipal, Síndico Municipal y Secretario General, para que suscriban en nombre y representación del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, el instrumento jurídico que formalice la donación con respecto al bien inmueble que se describe en el resolutivo PRIMERO del presente dictamen.
- CUARTO: Se instruye a la Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y al Sindico Municipal para la tramitación y substanciación de la subdivisión, respecto del inmueble descrito en el resolutivo PRIMERO del presente dictamen.
- QUINTO: Se instruye al Síndico Municipal a efecto de que lleve a cabo todos los trámites legales y administrativos, tendientes a la formalización de la donación respectiva ante el Notario Público.
- SEXTO: El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, aprueba que todos los gastos notariales y de cualquier índole, tendientes a la formalización de la donación respectiva, sean a costa del Gobierno Federal.
- SÉPTIMO: Se instruye al Síndico Municipal para que establezca en el contenido del contrato de donación, que para el caso de que el bien inmueble materia de la presente aprobación deje de cumplir el objeto para el que fue otorgado, y que al cabo de 5 cinco años no inicie con los trabajos de construcción, se reintegre al patrimonio municipal con todos sus accesorios y los gastos de escrituración sean a costa del Gobierno Federal.