Televisa, con poder sustancial de mercado, confirma el Ifetel

jornada.unam.mx

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) confirmó que, por mayoría de votos, declaró a Grupo Televisa agente económico con poder sustancial en el mercado de televisión de paga, donde la televisora opera Sky y cinco cableras que le representan alrededor de 11 millones de hogares como suscriptores.

El Ifetel señaló que esta segunda revisión sobre el tema, ahora por mandato de un tribunal, se hizo en un periodo diferente al de la primera, y entre los resultados que obtuvo figuran barreras de entrada a otros competidores y desigualdad de condiciones para empresas que no son de Televisa.

En el primer procedimiento el Ifetel revisó la participación de mercado de Grupo Televisa antes del 12 de septiembre de 2014, como le indicaba el artículo 39 transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR). Y en el segundo proceso tuvo que revisar el periodo enero de 2009 a agosto de 2014.

El Ifetel destacó que esta resolución sienta las bases para iniciar un procedimiento mediante el que fijará reglas específicas o condiciones asimétricas a Televisa como agente económico con poder sustancial de mercado, como establece la LFTR, así como ocurrió cuando fue declarado agente económico preponderante en el sector radiodifusión.

Podría compartir infraestructura

Conforme marca la ley, esas reglas podrían ir desde compartición de infraestructura, revelar tarifas o pagar para que algunos operadores transmitan sus canales de televisión abierta, hasta la desincorporación de activos como han previsto algunos analistas, que podría ser la venta a AT&T de la participación que tiene Televisa en Sky.

La resolución del Ifetel señala que Televisa tiene poder sustancial en territorio nacional, debido a que la plataforma satelital con la que opera tiene la capacidad técnica y económica de competir actual y potencialmente en esa dimensión, y que las plataformas fijas se sujetan a una competencia con referencias nacionales, no locales. Televisa opera Sky por vía satelital y sus cableras por cable o fibra.

Detalló que el mercado relevante se forma por plataformas satelitales con la capacidad de prestar el servicio con cobertura nacional, pero sin la capacidad de prestar servicios convergentes de telecomunicaciones; y el otro, formado por las plataformas fijas, con capacidad de extender su cobertura en menores escalas geográficas y con capacidad de prestar servicios convergentes de telecomunicaciones, esto es televisión, telefonía e Internet.

Los comisionados encontraron que Grupo Televisa no enfrentó presión competitiva porque tuvo la capacidad de formular ofertas del servicio de televisión de paga en condiciones que los demás participantes no pudieron equiparar; debido a que es el único participante en el mercado que opera los dos tipos de plataformas, tiene los derechos y es productor de contenidos audiovisuales de gran valor para las audiencias que no están disponibles para sus competidores en las mismas condiciones.

Añadió que durante el periodo analizado se observó que hubo esfuerzos de competidores por ganar participaciones de mercado, pero Grupo Televisa tuvo la capacidad de contrarrestar esos esfuerzos sin perder participaciones de mercado. También se identifica la existencia de significativas barreras a la entrada debido, entre otros elementos, a los requerimientos de inversión en infraestructura, acceso a contenidos audiovisuales y publicidad.

El organismo regulador refirió que el pasado 19 de enero, el primer tribunal colegiado en materia administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones emitió una ejecutoria por la que se ordenó revocar la resolución que emitió el pleno el 30 de septiembre de 2015, cuando resolvió que Televisa no tenía poder sustancial de mercado porque no se disponían de elementos de convicción suficientes para determinar la existencia de un agente económico con poder sustancial en el servicio de televisión de paga.

Esa resolución fue impugnada por Televisora del Valle de México Canal 40, de Ricardo Salinas Pliego, toda vez que promovió un amparo en contra de la decisión del Ifetel, el cual fue negado en primera instancia, por lo que interpuso un recurso de revisión que ganó en enero pasado y obtuvo el amparo que obligó al Ifetel a reabrir el caso, revisar la investigación y ampliar el periodo de investigación.

En la primera investigación el Ifetel actuó en cumplimiento del artículo 39 de la LFTR, cuyo propósito es determinar si existen agentes económicos con poder sustancial en los mercados de audio y video asociado a través de redes públicas de telecomunicaciones. En ese caso la autoridad investigadora del organismo regulador emitió un dictamen preliminar en marzo de 2015, en el que señaló que Grupo Televisa tenía poder sustancial en 2 mil 124 municipios que se definieron como mercados relevantes con dimensión local.

Inconstitucional, que el instituto revierta su propia decisión, califica la televisora

Miriam Posada García

Grupo Televisa calificó de inconstitucional la decisión del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) de revertir una resolución de ese ente regulador y declararla agente económico con poder sustancial en el mercado de televisión de paga, por lo que la empresa de Emilio Azcárraga anunció que iniciará su defensa legal.

La compañía dijo que es preocupante que el organismo regulador contradiga sus propios razonamientos; aseguró que las estadísticas del Ifetel van en contra de su resolución, ya que reflejan que la empresa ha perdido siete puntos de participación de mercado, y exigió una autoridad reguladora cuyas decisiones sean consistentes y alejadas de la discrecionalidad.

Al cierre de los mercados las acciones de Televisa mostraron una recuperación de 0.24 por ciento después de dos días de caídas.

En respuesta a la segunda resolución que emite el Ifetel sobre la condición de Televisa en el mercado de televisión de paga, la empresa señaló que la revisión de la resolución original del Ifetel es inconstitucional, no cumple con los lineamientos del tribunal colegiado y, por ende, promoverá los medios de defensa a su alcance. Aunque la compañía defenderá su posición vigorosamente, no es posible asegurar cuál será el resultado.

Argumentó que el 30 de septiembre de 2015 el Ifetel resolvió que no había elementos para declararla agente económico con poder sustancial en el mercado de televisión restringida; sin embargo, en la investigación reabierta por la impugnación realizada por un competidor, Canal 40, el Ifetel tomó en consideración cierta información que correspondía a un periodo distinto al periodo relevante a revisar.

La televisora señaló que a reserva de hacer valer sus derechos por las vías legales que correspondan, es preocupante la forma en que se resolvió el asunto debido a que en año y medio el órgano regulador cambió su criterio que pasó de haber afirmado que la participación de mercado de Grupo Televisa no representaba un obstáculo para la competencia, no tenía capacidad para fijar precios o restringir el abasto en televisión de paga, a declararla con poder sustancial en el mismo mercado, con lo que decidió contradecir sus propios razonamientos.

Detalló, con base en cifras del propio Ifetel, que entre 2014 y 2016 ha perdido casi siete puntos porcentuales de participación de mercado, con lo que de tener 64 por ciento en el tercer trimestre de 2014, bajó a 57.1 por ciento en el periodo comparable de 2016.

                                                         
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