Lo que para el municipio de Bahía de Banderas inició en el año 2011 como una iniciativa de modernización, para prestar un mejor servicio al público en general por parte de las dependencias municipales, se convirtió en una amenaza real contra el interés público, una bola de nieve en los años subsecuentes.
Con fecha 13 de diciembre de aquel año, Rafael Cervantes Padilla, alcalde del Octavo Ayuntamiento, presentó ante el pleno de su Cabilldo, el Proyecto de Inversión y Prestación de Servicios denominado “Conjunto Administrativo Bahía de Banderas”, bajo el esquema de Asociación Público Privada, autorizando para ello un techo financiero de 120 millones de pesos.
Los vicios de origen, fueron la propia violación de ese techo financiero, los cambios en las empresas a quienes se asignó el contrato de la construcción y administración del edificio, y una total opacidad, con usurpación de funciones entre dependencias del VIII Ayuntamiento, en todos los procesos, al grado de declarar los contratos de las empresas involucradas, como información no disponible para el público. Es decir, el contrato de Asociación Público Privada final con IMEX, no estuvo disponible para el escrutinio social.
Enseguida, se tramitó la autorización por parte del Congreso del Estado de Nayarit en Mayo de 2012, para un crédito por hasta 5 millones 500 mil pesos para garantizar tres meses de renta, el cual finalmente no fue contratado ni ejercido. Luego, el 31 de julio de 2013, se celebró el contrato identificado con el número BADEBA-OP-FOD-017/2013, quedando el monto de la obra presupuestada por un total de casi 119 millones de pesos, sin que conste en archivos, ni en la entrega-recepción del Octavo al Noveno Ayuntamiento de José Gómez Pérez, una copia de la debida licitación de dicho contrato, el cual fue rescindido por el tesorero Oscar Sánchez de manera unilateral y sin seguir los adecuados procedimientos, con fecha 4 de abril de 2014, por supuestos incumplimientos, siendo asignado entonces a Grupo Minero IMEX el 7 de abril del mismo año, corporativo que ahora lleva el juicio ya en instancias federales contra el Ayuntamiento.
Expuso en la conferencia de prensa de este miércoles 11 de septiembre, el Secretario del Ayuntamiento Anastasio Zaragoza: “En fecha 30 de junio de 2014, se emite por parte de la tesorería, un cheque a favor del banco Actinver, en su carácter de fiduciario, por concepto de pago del primer mes de renta. En fecha 1° de julio de 2014, en presencia del Notario 31 del Estado de Nayarit, se conformó el Fideicomiso por medio del cual se le da cumplimiento al contrato con transacción, que hoy tiene en esta difícil posición al pueblo de Bahía de Banderas.
Debemos notar que la tesorería realiza el pago un día antes de que existiera el fideicomiso, por lo que se presume un pago indebido, que además se realiza a través de cheque y no de transferencia bancaria, por lo que se presta a suspicacia”, explicó.
Posteriormente, la empresa en comento, GRUPO MINERO IMEX S.A.P.I. de C.V., a raíz de diversas obligaciones contractuales, le transmitió al señor Luis Cohen Fis, los derechos del cobro mediante un Contrato de Fideicomiso irrevocable, traslativo de dominio de administración, número 1599, con el Banco Actinver, en su carácter de fiduciario. es decir, que a final de cuentas, la empresa que ”ganó” el proceso de licitación, ni siquiera sería quien se quedaría con la obra, siendo las partes: el grupo minero IMEX S.A.P.I de C.V. el fideicomitente (Miguel Ángel Núñez Callejas); el Municipio de Bahía de Banderas, fideicomitente con derecho a reversión; el señor Luis Cohen Fis como fideicomisario y Banco Actinver en su carácter de fiduciario.
Los siguientes sucesos, durante el gobierno de José Gómez Pérez, evidenciaron la mala calidad de la obra, llevando a una intervención de la Secretaría de Energía (SENER) del Gobierno Federal al edificio, para determinar su no habitabilidad por riesgos en la instalación eléctrica, realizada con líneas de cableado no certificadas por la NOM, migrando las dependencias municipales a la vieja presidencia de la calle Morelos y la renta de varias propiedades en Valle de Banderas y otras demarcaciones, como ocurre hasta la fecha, solo que el IX Ayuntamiento fue omiso al no hacer la entrega formal del edificio al acreedor, de tal suerte que dejaron de correr las rentas mes tras mes, hasta llegar a la fecha, a una cifra de más de 139 millones de pesos que reclama el acreedor en Juicio Civil Sumario con numero de Expediente 343/2015 radicado en el Juzgado Tercero Civil de Puerto Vallarta, Jalisco, siendo que de las cantidades de dinero que recibió, no emitió el demandante una factura o documento fiscal válido a favor del municipio, hecho observado en las auditorías especiales de la ASEN.
Se promovió un Amparo Directo, el número 504/2017 por el Municipio y que se ventiló por parte del Juzgado Sexto de Distrito en materia Civil en el Estado de Jalisco. Con fecha 07 de septiembre de 2017 se dictó una resolución donde se otorga el Amparo y Protección de la Justicia Federal en favor del Municipio, dejando sin efecto y totalmente nulo el exhorto que ordena diligencia de embargo judicial en vía de ejecución forzosa por el pago de las rentas vencidas dentro del Procedimiento Civil Ordinario número 343/2015, ventilado por parte del Juzgado Tercero de lo Civil en Puerto Vallarta, Jalisco, que era por el pago de rentas vencidas según el demandante Luis Cohen Fis.
Amparo Indirecto 119/2018 seguido ante el Juzgado Decimoquinto de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco, mismo que fue interpuesto por LUIS COHEN FIS en su carácter de Fideicomisario del Fideicomiso número 1599, con el banco Actinver, Sociedad Anónima, Institución de Banca Multiple, Grupo Financiero Actinver, por la omisión tanto del Juzgado Tercero de lo Civil de Puerto Vallarta de cumplir lo señalado en el expediente 343/2015, como del Municipio de Bahía de Banderas en hacer el pago.
En sentencia definitiva de 19 de Junio de 2018, declaró el sobreseimiento de dicho juicio. Sin embargo, en recurso de Revisión interpuesto por la quejosa, El Tercer Tribunal Colegiado en materia Civil del Tercer Circuito, amparó a la quejosa en Amparo en Revisión 275/2018, resolviéndose que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° del Código Federal de Procedimientos Civiles, para que, dentro del límite de atribuciones, se cumpla con el convenio elevado a la categoría de sentencia ejecutoria, el 19 de marzo de 2015, en el juicio civil ejecutivo 343/2015, del índice del Juzgado Tercero de lo Civil de Puerto Vallarta, Jalisco.
A la llegada del X H. Ayuntamiento, se observaron todos los contratos y procedimientos de los diversos contratos del Conjunto Administrativo en mención. Así mismo, se informó a la Auditoría Superior del Estado de Nayarit para que iniciara el procedimiento y las medidas cautelares antes mencionadas. De la misma manera, la Contraloría Interna inició un procedimiento administrativo y a través de la Dirección Jurídica se inició una denuncia del tipo penal contra quien resulte responsable por los múltiples vicios en los contratos, así como en el juicio instaurado por Luis Cohen Fis. Enseguida, se inició un procedimiento de nulidad de Juicio Concluido en el año 2018, el cual por falta de elementos jurídicos, el Juez Civil de Bucerías no admitió en un principio. En Mayo de este año se admitió dicho Juicio y está en proceso de notificación al demandado Luis Cohen Fis mediante exhorto en la ciudad de México.
Por todo lo anteriormente expuesto, se advierte que el poder judicial, en la esfera de sus competencias no ha analizado la complejidad jurídica del caso, pues existen muchos casos que podrían derivar en la nulidad de los actos reclamados; esto aunado a la muy deficiente defensa que realizó el Noveno Ayuntamiento sobre el tema.
“Estamos en una etapa diferente en el estado y en el país. Bahía de banderas desde el inicio de la presente administración, se ha esforzado por combatir la opacidad y la corrupción; invitamos al poder judicial a que no deje ni una sola duda de su compromiso con la misma causa”, concluye el Gobierno Municipal de Bahía de Banderas, quien aplicará todos los recursos contemplados en la ley, para defenderse de los efectos de las anteriores corruptelas.