Aspirantes a jueces municipales no deben ser agresores de género y no deudores alimenticios

Lo aprobaron en sesión ordinaria de ayuntamiento

El regidor por el PVEM, Víctor Manuel Bernal Vargas, presentó adiciones a la iniciativa, la cuales fueron autorizadas por el pleno de ayuntamiento, para que aspirantes a jueces municipales no sean agresores de género y no sean deudores alimenticios.

Cada expediente de aspirantes deben ser investigados a fondo, comentó el edil en pleno de ayuntamiento.

Presentó el sustento legal

• Adicionar que se soliciten mas documentos a quiénes aspiren a ser Juez Municipal.

En el marco legal sustento el edil verde en sesión de ayuntamiento.

* El día 08 de mayo de 2023, se publica en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias.
* El decreto establece la creación del Registro Nacional de Obligaciones
Alimentarias, en el cual, valga la redundancia, se registra a quiénes han incumplido este tipo de obligaciones.
* La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece en su
Artículo 135 sexties:
* Artículo 135 Sexties. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias, dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Entre los trámites y procedimientos que podrán requerir la expedición de ese certificado, se encuentran los siguientes:
I. Obtención de licencias y permisos para conducir;
II.Obtención de pasaporte o documento de identidad y viaje;
III.Para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular;
IV. Para participar como aspirante a cargos de jueces, magistrados en el ámbito local o federal;
V. Los que se realicen ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, y en las solicitudes de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro, mencionando la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene.

Agregó •En anterior Congreso de nuestro Estado, ya había realizado un proyesi xiig puya rado en el Periódico Oriad eral, esto de ravisso, el & de octubre del 201% cuplento a pero do pato estado ya habia elea un geo m, cuya reforma incide principalmente stado a lais 40, con la inclusión de del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

 

Regieptualización de los Deudes Aliel atarios Morosos, y la creación de las reformas se enfocan en reforzar lo dispuesto por el artículo 4 de nuestra Constitución Federal:
Artículo 4.

En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.

Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

• Con la implementación de esas acciones, también se combate la violencia de género, que muchas veces la sufren los menores de edad por no otorgarse la pensión alimenticia, simplemente por el conflicto entre adultos.
Existen muchos tipos de Violencia de Género: psicológica, física, patrimonial, económica, sexual, digital, por interpósita persona. Lo contemplan la Leyes de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia, tanto estatal como federal

La posibilidad de incluir los nuevos requerimientos, emana principalmente del requisito V, que también se contempla en el artículo 57 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.


Artículo 57. Para ser juez municipal se requiere:

V. Gozar públicamente de buena reputación y reconocida honorabilidad; y no haber sido condenado en sentencia ejecutoria por delito intencional.

                                                         
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