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COLIMA, Col. (apro).- Luego de varios meses de gestiones infructuosas en esta entidad, una pareja de mujeres se vio obligada a viajar a la Ciudad de México para registrar a sus hijas mellizas antes de que se cumpliera el plazo de 180 días, ya que después del vencimiento de éste, las actas habrían aparecido con carácter extemporáneo.
Pese a que desde hace más de un año se encuentra legalmente establecido en Colima el matrimonio igualitario, la Dirección del Registro Civil del Estado no ha proporcionado a las oficialías municipales del Registro Civil los formatos para la inscripción de descendientes de parejas del mismo sexo, por lo que se mantiene el uso exclusivo de los formatos tradicionales que piden los apellidos paterno y materno, sin considerar los casos en que los menores tienen dos padres o dos madres.
Claudia y Haydee, quienes se unieron en abril de 2015 bajo la figura de enlace conyugal –entonces la única opción para parejas del mismo sexo–, recurrieron un año después a un método de reproducción asistida, en el que ambas participaron desde el punto de vista biológico, e incluyó la donación de gametos masculinos y procrearon a sus hijas, nacidas en febrero de 2017.
En entrevista, Claudia cuenta que cuando intentaron registrar a las niñas en marzo siguiente, se encontraron con que el ayuntamiento de Manzanillo no contaba con los formatos correspondientes, por lo que iniciaron un recorrido por varias oficinas públicas, incluida la Comisión de Derechos Humanos del estado de Colima (CDHEC), en busca de la solución del problema, pero en ninguna obtuvieron una respuesta oportuna.
El pasado 12 de julio, la secretaria del Ayuntamiento de Manzanillo, Lizbeth Adriana Nava Leal, envió al director del Registro Civil del estado, Arturo Díaz Rivera, el oficio SHA/137/2017 solicitándole los formatos adecuados para el registro de las niñas, recordándole que “siempre debe prevalecer el interés superior del menor”, como lo señala la Convención de los Derechos del Niño, y se sumó a la solicitud de Claudia y Haydee “para que sus hijas puedan ser registradas y, a su vez, éstas puedan ejercer sus derechos derivados del vínculo con sus madres, como alimentos, acceso a los servicios de salud, derechos sucesorios, etcétera”.
La respuesta de Díaz Rivera llegó a través del oficio DRC/872/2017, mediante el cual rechazó la petición de la autoridad municipal con el argumento de que deben acatar los artículos 54, 55 y 58 del Código Civil del estado, en los que se hace referencia “al padre, la madre o ambos” dentro del procedimiento de registro de un menor, aunque el ordenamiento también prevé que el oficial del Registro Civil decida el nombre y apellidos cuando los padres son “desconocidos”.
Debido a lo anterior, Nava Leal notificó por escrito a las mamás de las mellizas que el ayuntamiento de Manzanillo “está imposibilitado materialmente para ejecutar su petición, aclarando que no tenemos ningún inconveniente en expedir las actas correspondientes; no obstante, necesitamos la autorización de la Dirección General del Registro Civil del estado, y que a su vez se nos proporcionen los formatos, cosa que fue negada”.
Ante tal circunstancia, Claudia y Haydee contrataron un despacho de abogadas de la Ciudad de México para registrar a las niñas en la capital del país con los apellidos de ambas, lo que finalmente ocurrió en el Juzgado Primero del Registro Civil, en un trámite que no duró más de una hora.
El pasado 4 de agosto, más de dos meses después de la presentación de la queja ante la CDHEC contra las autoridades que negaron el registro a las menores en Colima, y cuando ya habían pasado cuatro días de su registro en la capital mexicana, el organismo humanitario notificó a las mujeres la emisión de una medida cautelar dirigida al ayuntamiento de Manzanillo y a la Dirección General del Registro Civil del estado para que sus titulares adoptaran “de manera urgente” las medidas necesarias para el registro de ambas niñas.
El organismo también determinó dar vista al Congreso local “para su conocimiento y efecto legal correspondiente”, además de que en coordinación con el procurador de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, y con el director del Registro Civil del estado, se realicen las tareas legislativas y administrativas necesarias para armonizar la normatividad correspondiente para lograr el pleno respeto a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes”.
Sin embargo, señala Claudia, la medida cautelar de la Comisión de Derechos Humanos llegó de manera tardía, pues para entonces sus hijas ya habían sido registradas en la Ciudad de México, pero considera rescatable e importante el documento porque fue enviado a diversas instancias que deberán promover reformas legislativas para asegurar que en el futuro otros menores, hijos de parejas del mismo sexo, sí tengan la posibilidad de ser registrados en Colima.
Claudia comenta que entre los artículos del Código Civil invocados por la Dirección del Registro Civil del estado para negar la posibilidad del registro de las niñas, el número 58 señala que el acta de nacimiento del menor contendrá “el apellido del padre, el apellido de la madre o los que le correspondan”, por lo que está convencida de que esta última consideración pudo servir de sustento legal para el registro de las niñas con los apellidos de sus dos madres.
“El asunto se volvió un tema de interpretación: nosotras entendemos la expresión ‘los que le correspondan’ como una ventana abierta para las diferentes variantes que las familias hoy en día permiten, pero hay funcionarios que dicen: ‘no, aquí no me especifica que puedan ser dos mamás o dos papás, me limita’, por lo que esto tendrá que ser aclarado con una armonización legislativa para proteger los derechos de la niñez”.
Independientemente de que se reforme el Código Civil, Claudia estima que la oficina estatal del Registro Civil debió aplicar el principio pro persona y proteger el interés superior de la niñez, inclinándose por la interpretación que favoreciera los derechos de las menores, lo que implicaba darles su acta de nacimiento para que pudieran gozar de todos los derechos que trae consigo el reconocimiento de la identidad.
“Lamentablemente en este caso, al no tener esa lectura por parte de las autoridades, lo que sucedió es que nuestras hijas se quedaron en la desprotección, y ante esto decidimos trasladarnos a la Ciudad de México a registrarlas”, refiere.
Cuenta que aunque estaban conscientes de que la razón estaba de su lado, evaluaron varios caminos, entre ellos la posibilidad de promover un juicio de amparo, pero tras conocer la experiencia de una pareja de mujeres que ante un caso similar ganó un juicio en un proceso que duró casi dos años, prefirieron tomar una vía más rápida realizando el trámite en la capital del país.
Luego de que recibieron la medida cautelar de la CDHEC, indica, la enviaron a la Secretaría de Desarrollo Social de Colima (Sedescol) porque “es la dependencia que más nos ha apoyado” y ya está trabajando, junto con el Comité de la Diversidad Sexual, en una reforma al Artículo 58 para garantizar de manera expresa el derecho de los hijos o hijas de matrimonios igualitarios a ser registrados en Colima con los apellidos de sus padres o madres.
“Creemos que ya está puesto en marcha el camino para que esto pronto sea una realidad; tenemos fe en que pronto tengamos noticia del primer registro de un menor con dos papás o dos mamás, o que si no nos enteramos todavía mejor, porque eso significará que ya es un trámite normal, que no tiene que pasar por reflectores ni por este tipo de cosas; nosotras nos hemos visto envueltas en este tema de medios y demás no porque queramos, lo ideal es pasar desapercibidos, lo ideal es que sea un trámite como el de cualquier otra persona, del que nadie se entera y nadie hace alboroto”, expone.
Simultáneamente a las gestiones para la inscripción de sus hijas en el Registro Civil, la pareja realizó trámites para lograr el reconocimiento de su unión por enlace conyugal en matrimonio, conforme a la reforma aprobada por el Congreso local en junio de 2016, pero la Dirección del Registro Civil del estado también se negó a que les fuera proporcionada el acta de matrimonio porque los legisladores no precisaron el procedimiento mediante el que se realizaría el cambio de las actas.
Después de meses de insistencia, Claudia y Haydee lograron que se promoviera una nueva reforma legislativa en ese sentido, que fue aprobada el 13 de julio, pero su publicación en el periódico oficial “El Estado de Colima” se retrasó hasta el 5 de agosto siguiente.
Días más tarde la pareja acudió a la Oficialía del Registro Civil de Manzanillo, donde se convirtió en la primera en el estado en obtener el reconocimiento de su enlace conyugal como matrimonio.
Tras la experiencia vivida, Claudia expone que al final les quedó una sensación de satisfacción, pues “hay mucho que festejar aunque no hayamos logrado registrar a las niñas en Colima, porque logramos darle visibilidad al problema y conseguimos un decreto que dio certeza jurídica a los enlaces conyugales como el nuestro y logramos que instituciones y funcionarios que tenían conocimiento de este tema desde hace mucho tiempo, pero estaba ahí en el olvido, se pusieran a trabajar en él”.
Puntualiza: “Con suerte y con seguimiento este caso no se volverá a presentar y los hijos de familias constituidas por matrimonios igualitarios podrán tener su registro como cualquier otro niño, que es el derecho que tienen, porque no pueden ser discriminados por la orientación sexual de sus padres; creo que es lo más valioso que nos queda de todo esto”