Con cárcel y multas, Chiapas castigará difusión de contenidos sexuales sin consentimiento

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TUXTLA GUTIÉRREZ, Chis. (proceso.com.mx).-A partir de ahora en Chiapas, quienes publiquen, comercialicen, difundan o compartan, imágenes o videos de la vida íntima o sexual de una persona sin su consentimiento podrían enfrentar prisión de 3 y hasta seis años, y multas de hasta 200 y 400 días de salario mínimo.

El pleno del Congreso de Chiapas aprobó por unanimidad la iniciativa promovida por la diputada local Ada Guadalupe Jiménez Sesma y la activista Olimpia Coral Melo, mediante la que se adiciona el Capítulo V denominado “Contra la privacidad sexual o intimidad corporal al Título Duodécimo, Delitos contra la moral y la dignidad de las personas del Código Penal para el Estado de Chiapas”.

La llamada Ley Olimpia, en honor a la activista poblana que ha recorrido el país promoviendo dichas reformas en los congresos estatales, fue aprobada hoy ante el júbilo de activistas, feministas y defensoras de los derechos humanos de las mujeres que sufren entre otras acciones de violencia, la digital.

El artículo 343 Bis establece que “comete el delito contra la privacidad sexual  o intimidad corporal a quien o quienes publique, difundan o compartan, a través de cualquier media electrónico, imágenes, audio o videos sobre la vida sexual y/o corporal de una persona, sin su consentimiento”.

Se agrega que al responsable del delito se le sancionará con pena de 3 a 5 años de prisión y multa de 100 a 200 días de salario mínimo.

Y que podría ser de 4 y hasta 6 años de cárcel, y multa de hasta cuatro días de salario mínimo, “si el sujeto tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza con la víctima”.

Se precisa que cuando la conducta se realice con fines comerciales o de lucro, las penas se aumentarán. En el caso de menores de edad, la reforma remite a otro articulado que prevé una mayor sanción al inculpado.

En el artículo 343 Ter, se refiere que el delito establecido en el anterior artículo “sólo se perseguirá por querella de la víctima, salvo que esta padeciere una discapacidad que vicie su consentimiento, en cuyo caso se perseguirá de oficio”.

Según reveló la activista Olimpia Coral Melo, hasta febrero del 2019, en el estado de Chiapas, se han detectado 12 mercados de explotación sexual digital, sobre todo en plataformas como PornHub.com, Serviporno.com, XNXVVideos.com y Facebook.

Y que en esos espacios se publican contenidos íntimos sin consentimiento de mujeres y menores de edad, principalmente. Y que estas publicaciones derivan en tipos de violencia digital como la ciberpersecución, la sextorsión y la trata virtual de personas.

Entre los perfiles de Facebook que promueven esta forma de violencia se encuentran “Packs de Chiapas” y “Putas de Chiapas”, entre otros.

También se ha detectado de forma creciente el etnoporno, con páginas como “Indias calientes”, “Indias en el monte”, “Chamula XXX”, en las que se exhiben a mujeres indígenas de los municipios más pobres de los Altos de Chiapas, como Chamula o Zinacantán.

Otras webs en la red son “Colegialas de Chiapas”, donde se exhibe a menores de edad y “Culonas de la calle”, donde se exhiben fotografías y videos de mujeres que caminan en las calles.

Olimpia Coral Melo, es una activista que fue víctima de este delito, por lo que inició una campaña nacional para buscar que se tipificara esta acción como delito.

Refiere que muchas personas abusan de la confianza de sus parejas o exparejas y replican imágenes o videos que se le han confiado. Sin embargo, ahora eso será sancionado con prisión en Chiapas.

Por su parte, la diputada local Aida Jiménez Sesma, celebró la aprobación por unanimidad y dijo que esto fue posible gracias también al apoyo de las activistas y organizaciones de la sociedad civil que impulsaron dicha iniciativa.

                                                         
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