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Falsificaron firma de ex Síndica, Mónica Saldaña; más pruebas hunden a José Gómez, preso en el penal de Bucerías

Con datos de prueba irrebatibles, defensa jurídica del ex síndico Mónica Saldaña y del tesorero municipal del IX Ayuntamiento, Carlos Alfredo Ríos, demostraron su inocencia en los delitos que se les imputaron por la inejecución de la obra del Puente Vado sobre el Río Ameca en lo que se conoce como Paso del Guayabo, recursos pagados a constructora por la cantidad de más de 7 millones, 411 mil, 160 pesos con 4 centavos.

 

Este domingo 15 de diciembre 2019, ante el juez de control, Filiberto Rojas García, en el Centro Regional de Justicia Penal con sede en Bucerías, Bahía de Banderas, Nayarit, se llevó a cabo la audiencia por duplicidad de término constitucional de la causa penal 209/2019 en contra de los imputados, Mónica Selene Saldaña Tapia y Carlos Alfredo Ríos Hernández, ex síndico y ex tesorero del IX Ayuntamiento de este municipio, respectivamente, por los delitos de abuso de autoridad, coalición de servidores públicos, ejercicio indebido de funciones, falsificación de documentos en general y peculado, cometido en agravio del Ayuntamiento de Bahía de Banderas, Nayarit y la sociedad, por la cantidad de 7 millones, 411 mil, 160 pesos con 4 centavos derivado de la inejecución de la obra del Puente Vado sobre el Río Ameca, en la cual con datos de prueba que la defensa jurídica de ambos presentaron, resultaron inocentes y se les dictó auto de no vinculación a proceso por lo que quedó sin efecto las medidas cautelares que se les habían impuesto como la fianza depositada de 50 mil pesos y la firma cada 15 días mientras durara el proceso.

La defensa jurídica del arquitecto, Mónica Saldaña, mediante los abogados, Edgar Adán Madrigal Gómez, Fabio Alejandro Martínez Aguilar Bello y Virina Gómez Viniegra, así como la defensa jurídica de Carlos Alfredo Ríos Hernández, a través del abogado, Juan José García González, presentaron pruebas contundentes de su participación; en el caso de la Sindico, en la firma del contrato de obra y fechas en que se realizaron tanto el contrato original como el contrato modificado y en el caso del tesorero, por los pagos realizados, hechos que fueron debidamente presentados lo que originó que estos funcionarios quedaran fuera de toda duda razonable para seguir con el proceso penal en su contra. Incluso, en esta ocasión, el extesorero declaró y detalló como y porque se giraron los cheques.

Los argumentos del abogado, Pablo Daniel Alonso Estrada, ministerio público de la Fiscalía General de Nayarit, en representación de la parte agraviada, quedaron hechos añicos, en su exposición exigía ver documental o testimonial que comprobara que ambos funcionarios se hayan cerciorado físicamente de los avances de la obra, argumentos que los abogados de la defensa, incluso se vieron en la necesidad de pedir al juez de control que convocara al ministerio público a apegarse al estado de derecho ya que estaba adjudicando facultades a sus defendidos que no tenían, además de que había sido descuidado en la imputación contra sus defendidos porque los involucró en esta causa penal sin haber presentado ni una sola prueba de dato que diera indicio de que ambos funcionarios hubiesen participado en los ilícitos que se perpetraron en agravio del municipio de Bahía de Banderas, Nayarit.

En este mismo sentido el ministerio público insistió en que debían ser vinculados a proceso para ellos tener tiempo de investigar los datos de prueba que las defensas habían presentado, entre ellas la prueba del dictamen de Grafoscopía y Documentoscopia que demostró la falsificación de la firma de la Mónica Saldaña, en el convenio único del contrato de obra pública CONT-L0818020997-E13-2016 Construcción Puente Vado en Río Ameca en el Municipio de Bahía de Banderas, Nayarit, sin embargo, los abogados defensores en contra replica le recordaron al juez que la carpeta de investigación la tenían los MP en su mano y los datos de prueba se les entregaron debidamente y que las mismas el MP las pudo haber obtenido si hubiesen realizado bien su trabajo el cual, se dijo, fue presentado de manera descuidada y desordenada porque tuvieron tiempo de realizar ellos también la prueba antes mencionada para corroborar si efectivamente, Mónica Saldaña en su declaración ministerial había declarado con verdad, pero no lo hicieron porque fueron irresponsables.

Se trató de una audiencia que duró casi 6 horas continuas. Al final, el juez de control luego de realizar su análisis del caso, tras escuchar a todas las partes, resaltó que efectivamente, por parte del ministerio público no se presentó pruebas que dieran indicio de que estos funcionarios habrían participado en la consumación de los delitos imputados y que las pruebas presentadas por las defensas demostraron que estos funcionarios acataron lo que en el Acta de cabildo con fecha septiembre 2016, se les había ordenado y que de no haberlo hecho, entonces sí hubieran incurrido en una responsabilidad en su contra.

Derivado de su análisis final que duró casi dos horas, el juez de control dictó auto de no vinculación a proceso para ambos exfuncionarios municipales y dejó sin efecto las medidas cautelares que se les había impuesto como el pago de fianza de 50 mil pesos y la firma periódica de cada 15 días mientras durara el proceso que terminó este mismo día 15 de diciembre 2019.

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