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CIUDAD DE MÉXICO.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los servidores públicos no deben bloquear en sus cuentas de Twitter a los ciudadanos que los siguen, pues se vulnera el derecho de acceso a la información.
Por unanimidad de cuatro votos, la Segunda Sala respaldó el proyecto presentado por el ministro Eduardo Medina Mora que ampara a un periodista contra el bloqueo en Twitter para seguir la cuenta del fiscal general de Veracruz, Jorge Winckler.
Al ser una persona pública y particularmente un funcionario público, su derecho a la intimidad se ve desdibujado en aras de favorecer el derecho a la información. Esto es así porque los temas de interés general, como los relacionados con el desempeño de su gestión gubernamental, están sometidos a un fuerte nivel de escrutinio por parte de los medios de comunicación y la sociedad”, sostuvo la Sala.
Se explicó que es posible que “comportamientos abusivos” puedan ocasionar una medida de restricción o bloqueo justificada, pero para que ésta sea válida será necesario que dichas expresiones o conductas se encuentren excluidas de protección constitucional.
El ministro Eduardo Medina Mora sostuvo que aunque en la cuenta del fiscal no hay información sobre derechos humanos, desapariciones forzadas o fosas clandestinas, por el solo hecho de ser el quejoso un ciudadano, se le debe garantizar el acceso a la información contenida en esa cuenta.
Si el fiscal de Veracruz no acata lo ordenado por la Corte, el juez podrá requerir a Twitter en México el desbloqueo permanente, siempre que la persona amparada no presente un comportamiento abusivo que justifique legítimamente la medida de bloqueo.