CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El arraigo se amplía para todos los delitos, eliminándose la restricción de su aplicación a delitos de delincuencia organizada, se lee en la modificación al artículo 16 de la Constitución de un borrador al que tuvo acceso Proceso de la iniciativa de reforma constitucional que el gobierno de Andrés Manuel López Obrador entregará este miércoles al Senado.
El proyecto de iniciativa también modifica el plazo máximo en el que la autoridad judicial o el Ministerio Público pueden decretar el arraigo de una persona, reduciéndolo de 80 a 40 días.
Por otro lado, plantea cambiar otro párrafo del artículo 16 para que la autoridad judicial federal pueda autorizar la intervención de cualquier comunicación privada en materias de carácter fiscal y electoral, pese a que en la actualidad está prohibido igual que en materias de carácter mercantil, civil, laboral y administrativo.
Además, se prevé una ampliación de los plazos en los que un indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público, es decir más de 48 horas, para que se ordene su libertad o se le ponga a disposición de la autoridad judicial, para los delitos de corrupción o “aquellos que por sus características o circunstancias de ejecución o relevancia social impliquen una cantidad significativa de actos de investigación”. Actualmente, esto solo aplica en el delito de delincuencia organizada.
Se elimina auto de vinculación a proceso
En tanto, se elimina el auto de vinculación a proceso del artículo 19, que establece que “ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso.
En lugar de esto, se plantea que una vez que el imputado sea puesto a disposición de la autoridad judicial se cite a audiencia inicial y se determine de inmediato si el imputado será o no sometido a una medida cautelar.
“El imputado permanecerá detenido durante el desarrollo de la audiencia inicial hasta la determinación de medida cautelar”, dice la modificación planteada.
Pese a que en el sistema procesal penal del país se considera como una regla general la exclusión de una prueba obtenida ilícitamente, en la reforma constitucional que propone el Ejecutivo establece excepciones cuando “exista respecto de éstas una atenuación en su vínculo de licitud, proviniera de una fuente independiente o su descubrimiento hubiera sido inevitable”.
En total, se trata de modificaciones a 14 artículos de la Constitución como parte de un paquete de nueve iniciativas que la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero; el secretario de Seguridad Pública, Alfonso Durazo; el consejero jurídico de la presidencia, Julio Scherer, y el fiscal general de la república, Alejandro Gertz Manero, entregará este miércoles a la Junta de Coordinación Política del Senado.
Otras modificaciones
Además de las modificaciones constitucionales, se pretende reformar la Ley de Amparo, la ley Nacional de Ejecución Penal, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, el Código Penal Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Nacional de Cultura y Justicia Cívica, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de la Fiscalía General de la República.
Apenas en septiembre de 2019, el senador sin grupo parlamentario Emilio Álvarez Icaza y los senadores de Morena Ricardo Monreal y Eduardo Ramírez presentaron una iniciativa para eliminar la figura del arraigo, como ha solicitado la ONU porque lesiona derechos humanos, quebranta el derecho de la libertad personal, transgrede el derecho al debido proceso y contradice el principio de presunción de inocencia.
Sin embargo, la iniciativa quedó congelada sin ninguna explicación, pese a que se habían organizado hasta foros con la participación de la ONU y Amnistía Internacional.