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Michel propondrá reglamento interno del consejo municipal de desarrollo urbano y ordenamiento territorial

Benéfico para Puerto Vallarta

Positivo.

El presidente municipal de Puerto Vallarta, profesor Luis Alberto Michel Rodríguez, propondrá en sesión ordinaria de ayuntamiento la creación del nuevo reglamento interno del consejo municipal de desarrollo urbano y ordenamiento territorial.

Para la próxima sesión edilicia se propondrá el 4.1 que establece la Iniciativa de Ordenamiento Municipal presentada por el Ciudadano Presidente Municipal, L.A.E. Luis Alberto Michel Rodríguez, mediante la cual propone a este Ayuntamiento la creación del Reglamento Interno del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial de Puerto Jalisco, y en consecuencia la abrogación del Reglamento del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Puerto Vallarta, Jalisco, publicado en la Gaceta Municipal Año 01, número 04, edición Mayo d e 2010.

En este sentido, se propone turnar para su estudio y posterior dictamen a las comisiones edilicias de reglamentos, puntos constitucionales y de ordenamiento territorial.

En la exposición de motivos, se informa de la creación de los Consejos Municipales de Desarrollo Urbano, derivan del mandato de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, que dispone la integración de un consejo nacional y su correspondiente réplica en los órdenes de gobierno estatal y municipal, con objeto de mejorar las políticas públicas en torno al desarrollo urbano y territorial, convirtiéndose e n órganos de consulta y organismos auxiliares de la administración en el ámbito municipal en el caso de los municipios.

En el documento entregado a #NoticiasPv, #NoticiasPuertoVallarta y #NoticiasPVNayarit que de acuerdo a los lineamientos para la integración del Comité Regional de Ordenamiento Territorial Sur-Sureste expedidos por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbana, señala que en virtud de que la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano prevé el establecimiento de dichos mecanismos e instrumentos para el ordenamiento territorial regional por parte de la Federación, los Estados y municipios es por lo que en el contenido del Plan Nacional d e Desarrollo Urbano 2019-2024 s e propone el desarrollo d e proyectos regionales a partir del reconocimiento d e la existencia de un desequilibrio regional con relación al crecimiento económico del país.

Por su parte, el Código Urbano para el Estado de Jalisco en su artículo 47, establece que los consejos municipales de desarrollo urbano y vivienda estarán integrados por representantes de los sectores público, privado y social del Municipio, presididos por el Presidente Municipal.

Es por ello que en el año 2010, el Ayuntamiento Constitucional dePuerto Vallarta, Jalisco, en cumplimiento a su obligación prevista por el artículo 37 fracción Il, de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como los diversos 39 y 41 fracciones I y XI, del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta,Jalisco, aprobó la creación del Reglamento del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Puerto Vallarta, Jalisco.

Sin embargo, al haber transcurrido más de diez años desde la creación del citado cuerpo normativo, en el presente año el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Puerto Vallarta, Jalisco, procedió por conducto de la comisiónde Legislación y Trámites a realizar diversas mesas de trabajo para la revisión, análisis y actualización de su contenido, arribando a la conclusión de que es necesario plantear algunas modificaciones y adecuaciones a sus disposiciones, ello como efecto lógico del paso del tiempo, detectándose entre otras cosas la existencia de nuevas dependencias municipales o la modificación de su denominación, así como la necesidad de ampliar el número de sus integrantes y el cambio del nombre del ordenamiento por considerarlo más adecuado, ya que en realidad se trata de un reglamento que regula internamente la organización del organismo en comento, dejando patente además su injerencia en el ordenamiento territorial del municipio y no únicamente el desarrollo urbano.

Por lo que la presente propuesta que se plantea conserva gran parte de las disposiciones del vigente Reglamento del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Puerto Vallarta, Jalisco, modificando y adicionando loy a comentado en el párrafo que antecede, proponiéndose en este sentido como un reglamento de nueva creación a efecto no crear confusión con el cambio de nombre.

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