Icono del sitio NoticiasPV

Piden la SCJN invalidar artículos de la Ley Datos Personales

jornada.unam.mx

Ciudad de México. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una Acción de Inconstitucionalidad para que se declare la invalidez de varios artículos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, por vulnerar los derechos humanos.

Dicha acción se suma a la presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en contra de esa legislación, publicada el pasado 10 de abril, por el contenido de 14 de sus artículos, señaló.

Por ello la solicitud a la SCJN a que se realice un ejercicio de revisión integral del Sistema de Protección de Datos Personales que establece la ley y se garantice el respeto de los derechos humanos de las personas titulares establecidos constitucionalmente.

La Ciudad de México ha sido pionera en el reconocimiento de distintos derechos humanos y en el ejercicio del derecho a la protección de datos personales, autoridades y sujetos obligados debemos reforzar nuestro compromiso con el respeto y garantía de los mismos.

Además de que se cumpla con los estándares más altos de protección en pro de las personas, sin embargo, la ley prevé que las autoridades puedan obtener y usar de manera ilícita esos datos y cancela la posibilidad de las personas a eliminar los mismos.

El estado de “ilicitud” se prevé sea subsanado “cuando el responsable tome las medidas necesarias para informar sobre el tratamiento de los datos o bien lleve a cabo las acciones pertinentes para obtener el consentimiento de la persona”, argumentó.

Asimismo, vulnera el principio de seguridad jurídica al permitir la arbitrariedad en el tratamiento de datos personales y viola el derecho que tiene el titular de sus datos sean tratados de conformidad con los principios de consentimiento, información y responsabilidad.

En los artículos 15, 21, 44 párrafo segundo, 77 y 79 fracción V se vulneran también los derechos humanos de personas con discapacidad, adultos mayores y grupos de atención prioritaria, cuando se encuentren sobre todo en una situación de discriminación.

Comentó que, en este supuesto se desconocen los derechos de personas indígenas al no respetar que características culturales, como su lengua, se tomen en cuenta en los procedimientos en los que son parte.

Salir de la versión móvil