Presentaron iniciativa para reformar reglamento municipal para uso de malecón, plaza de Armas, malecón de la marina y plaza Aquiles Serdán
Ante el pleno edilicio presentaron iniciativa de ordenamiento municipal, para la reforma al Reglamento Municipal para el Uso del Malecón, la Plaza de Armas, el Malecón de la Marina y la Plaza Aquiles Serdán, adicionando el Artículo 37 bis.
Que entre otras cosas incluye, que se establezca la peregrinaciones Guadalupanas tengan un beneficio social.
Los PUNTOS DE ACUERDO, presentados en la más reciente sesión ordinaria de ayuntamiento, fueron:
PRIMERO. – Se apruebe la presente Iniciativa Edilicia de Ordenamiento Municipal, consistente en la reforma al Reglamento Municipal para el Uso del Malecón, la Plaza de Armas, el Malecón de la Marina y la Plaza Aquiles Serdán, adicionando el Artículo 37 bis.
SEGUNDO. – Se turne la iniciativa para dictaminación y aprobación, en la Comisión Edilicia Permanente de Cuidados, Grupos Vulnerables y Acción Afirmativa; así como la Comisión Edilicia Permanente de Reglamentos y Puntos Constitucionales.
TERCERO.
– Se instruye al Instituto Municipal de la Discapacidad, elabore un manual de operaciones que regule las especificaciones para la tramitación de los permisos de Beneficio Social para la festividad de PEREGRENICACIÓN GUADALUPANA celebrada del día 1° de diciembre al 12 de diciembre de cada año.
Las modificaciones presentadas son las siguientes:
Artículo 35.- En ninguna circunstancia podrá acordonarse La Plaza de Armas nie impedir la libre circulación por ella a los transeúntes; salvo en aquellos casos especiales que sean autorizados por el
Cabildo.
Artículo 36.- La autoridad municipal podrá autorizar la celebración de Kermesses ó vendimias en La Plaza de Armas a los organismos y las dependencias cuyo objeto sea el beneficio social, mismas que deberán solicitarlo al menos con 15 de días de anticipación.
Artículo 37.- No se autorizará en El Malecón, La Plaza de Armas, La Plaza Aquiles Serdán ó El Malecón de la Marina exposiciones, tianguis ó vendimias de naturaleza mercantil.
Articulo 37 Bis.- La vendimia sobre la Plaza de Armas, que se lleva a cabo para la festividad religiosa celebrada del día 1° de diciembre al 12 de diciembre de cada año, conocidas como PEREGRINACIONES GUADALUPANAS, será exclusivamente para Personas con Discapacidad, mismas que deberán tramitar su permiso en el Instituto Municipal de la Discapacidad.
La iniciativa fue presentada por la regidora Karla Alejandra Rodríguez González del partido verde ecologista de México.
Quien en ma exposición de motivos dijo:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
I. En el Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco se celebra cada año la festividad de Peregrinación Guadalupana de forma peculiar, celebrando una caminata en las calles más próximas al Centro Histórico, dichas caminatas de peregrinación son ya un uso y costumbre de la población en general y un espectáculo de turismo religioso en las y los visitantes de nuestra ciudad.
II. En relación al numeral supra y de conformidad al propio Reglamento Municipal para el Uso del Malecón, la Plaza de Armas, el Malecón de la Marina y la Plaza Aquiles Serdán, mismo que a la letra dice “Artículo 36.- La autoridad municipal podrá autorizar la celebración de Kermesses ó vendimias en La Plaza de Armas a los organismos y las dependencias cuyo objeto sea el beneficio social, mismas que deberán solicitarlo al menos con 15 de días de anticipación.»