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Proponen modificaciones al Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Dictamen emitido por las comisiones de Reglamentos, Puntos Constitucionales, Igualdad de Género, Desarrollo Integral Humano, Justicia y Derechos Humanos

Integrantes del cuerpo edilicio proponen modificaciones al Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Habrá reunión de cabildo y en el 5.2 se informa del dictamen emitido por las Comisiones Edilicias de Reglamentos y Puntos Constitucionales; Igualdad de Género y Desarrollo Integral Humano y; Justicia y Derechos Humanos, mediante el cual se propone a los integrantes del Pleno del Ayuntamiento la adición de las fracciones XI yXI al artículo21, del Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco.

En el documento que obra en poder de #NoticiasPv, #NoticiasPuertoVallarta y #NoticiasPVNayarit, se establece que quienes suscriben, en su carácter de integrantes de las Comisiones Edilicias Permanentes de Reglamentos y Puntos Constitucionales; Igualdad deGénero y Desarrollo Integral Humano; y Justicia y Derechos Humanos, la primera como comisión convocante y el resto como colegiadas y con fundamento en lo establecido por el artículo 27 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como losdiversos, 47, fracción V, XyXV, 49, 54, 59, 64 y74 del Reglamento Orgánico del Gobierno y al Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, se permiten emitir el siguiente dictamen.

El cual tiene como finalidad resolver la Iniciativa de Ordenamiento Municipal presentada por la Regidora Lic. María Guadalupe Guerrero Carvajal, que tiene por objeto adicionar las fraccionesXII y XI al artículo21 del Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco con el propósito de armonizarlo de conformidad a las reformas efectuadas al artículo 41 fracción XI de la Ley de Acceso de las Mujeres a unaVida Libre de Violencia del Estado de Jalisco, remitida al presenteH. Ayuntamiento mediante DECRETO 28854/LXII/22 por el Congreso del Estado de Jalisco.

Los antecedentes que se mencionan son en sesión ordinaria celebrada por el H. Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, el día 31 treinta y uno de enero de 2023 dos mil veintitrés, la Regidora, Lic. María Guadalupe Guerrero Carvajal, presentó una Iniciativa de Ordenamiento Municipal que tiene por objeto adicionar las fracciones XIIYXI al artículo 21 del Reglamento de Acceso de las Mujeres a unaVida Libre de Violencia para el Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco.

Derivado de la iniciativa presentada y referida en el punto anterior, el Ayuntamiento de Puerto Vallarta aprobó turnar dicho asunto para su estudio y dictaminación a las Comisiones Edilicias Permanentes de Reglamentos y Puntos Constitucionales; Igualdad de Género y Desarrollo Integral Humano; y Justicia y Derechos Humanos bajo acuerdo N° 299/2023, en un término no mayor a 30 días hábiles Manifestado lo anterior y dando cumplimiento a lo ordenado por el Pleno del Ayuntamiento Constitucional de PuertoVallarta, Jalisco, las Comisiones Edilicias de Reglamentos y Puntos Constitucionales; Igualdad de Género y Desarrollo Integral Humano; y Justicia y Derechos y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, nos abocamos al estudio y dictamen del presente asunto, tomando en cuenta las siguientes conclusiones.

En los tres niveles de gobierno se han establecido estrategias para impulsar el reconocimiento y protección de los derechos humanos de las mujeres y la erradicación de la violencia en su contra,s o n temas que han pasado des e r algodeseable o complementario a una acción sustantiva que se reconoce como fundamental para el desarrollo del país.

Los marcos normativos que resaltan para el cumplimiento de la agenda de género para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género son la Ley General deAcceso de las Muieres a una Vida Libre de Violencia; la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Jalisco; y a nivel municipal contamos con el Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Municipio dePuerto Vallarta, Jalisco.

Por lo que las constantes actualizaciones a cualquiera de estos instrumentos conllevan una corresponsabilidad para su homologación de las diversas autoridades.

Señalado lo anterior, se hace constar que, en la pasada Sesión Plenaria del 15 de octubre de 2022, el Congreso del Estado de Jalisco aprobó la reforma el artículo 41 de la Ley de Acceso de lasMujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado deJalisco, en la que se hace énfasis en la coordinación del a s instancias municipales competentes para la atención de la violencia contra las mujeres, a las que se les insta a ejecutar acciones transversales con perspectiva de género, publicándose en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco el 12 de Noviembre de 2022, según se establece en el documento.

Derivado del estudio de la modificación antes mencionada es por lo que las presentes comisiones, reafirmamos la necesidad de modificar el artículo 21 del Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, toda vez que resulta d e vital importancia que el titular de la Sindicatura Municipal y un representante de los Jueces Municipales formen parte del órgano colegiado de planeación encargado de dictar en el ámbito de competencia municipal con base en los ejes rectores y transversales de las políticas públicas en materia de igualdad de género, prevención, atención y erradicación de la violencia de género.

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