Incluye especificaciones de áreas físicas cerradas, al aire libre y espacio interior aislado
La regidora por MORENA, profesora María Elena Curiel Preciado presentará en la próxima sesión de ayuntamiento, propuestas al reglamento de protección a los no fumadores, estableciendo especificaciones en las que se Incluyen puntos de áreas físicas cerradas, al aire libre y espacio interior aislado, espacio 100% libre de humo de tabaco.
De acuerdo con la iniciativa de ordenamiento municipal, presentada por la regidora presidenta de la Comisión Edilicia de Educación, Innovación, Ciencia y Tecnología, mediante la cual propone al Pleno del Ayuntamiento la adición de la fracción X, al artículo 2, y la reforma al artículo 6, del Reglamento para la protección de los no fumadores, contra la exposición al humo del tabaco, en el Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco.
Esta iniciativa se propondrá turnar para su estudio y dictamen a las comisiones edilicias de Reglamentos y Puntos Constitucionales, lo mismo que para la de Salud, Educación e Innovación Tecnológica.
Se establece en el marco teórico presentado, considerar:
I.- «El uso de dispositivos electrónicos para fumar o vapear se ha popularizado en los últimos años.
Lejos de ser una alternativa saludable al tabaco tradicional, estos también acarrean riesgos para la salud; Recientemente se ha ido descubriendo de forma cada vez más clara que estas opciones no son inocuas y también pueden dañar nuestra salud.
El llamado vapeo (verbo utilizado para referir a la acción de fumar con dispositivos electrónicos) no está exento de riesgos, entre los cuales se incluye una mayor probabilidad de desarrollar enfermedades cardiovasculares y cáncer o una aceleración del envejecimiento celular.
Uno de los problemas en torno a los «vapeadores» y cigarrillos electrónicos es que se emplea el término vapor para referir a la sustancia que liberan. Esto puede dar la idea equivocada de que es un compuesto inofensivo, aunque nada más lejos de la realidad. El mal llamado vapor contiene no solo nicotina, sino también otras sustancias adictivas Y nocivas que pueden dar pie al desarrollo de enfermedades pulmonares, cardiacas y cáncer.»
Por lo que los puntos de acuerdo presentados son:
PRIMERO.- El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, autoriza turnar para su estudio y análisis a las Comisiones Edilicias Permanentes de Reglamentos y Puntos Constitucionales; Salud; y Educación, Innovación, Ciencia y Tecnología la Propuesta de Reformar el artículo 2 fracción X y el artículo 6 del Reglamento Para La Protección De Los No Fumadores, Contra La Exposición Al Humo De Tabaco, En El Municipio De Puerto Vallarta, Jalisco; con el objetivo de armonizar y actualizar el presente ordenamiento municipal con relación a la Ley De Protección Contra La Exposición Al Humo De Tabaco Para El Estado De Jalisco en su artículo 4to, fracción XV.
SEGUNDO.- Una vez que se emita el dictamen si se encuentra en sentido positivo se ordene al Secretario General la publicación en la Gaceta Municipal de la misma reforma de los artículos 2 fracción X, y 6 del Reglamento Para La Protección De Los No Fumadores, Contra La Exposición Al Humo De Tabaco, En El Municipio De Puerto Vallarta, Jalisco.