Garantizan pago de segunda quincena, aguinaldos y prima vacacional
El ayuntamiento de Puerto Vallarta aprobó hoy un apoyo económico urgente a Seapal por la cantidad de 33 millones de pesos, para de esta manera pueda salir adelante con los pagos pendientes del mes de diciembre con motivo de la segunda quincena, aguinaldos y prima vacacional.
Recursos que serán tomados del presupuesto de egresos aprobado por el cuerpo edilicio este miércoles y posteriormente serán devueltos.
Segunda quincena del mes de diciembre 7, 236, 017 pesos.
Aguinaldos, 23, 793, 400 pesos.
Prima vacacional, 1. 970, 582.
Para un total de 33 millones de pesos
Así lo expuso en sesiones de ayuntamiento el regidor por el PVEM, Víctor Manuel Bernal Vargas.
Con el gusto de dirigirme a este Máximo Órgano de Gobierno Municipal, esto en atención a mis facultades previstas por la fracción II del artículo 41 y artículo 50 fracción I de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, atribuciones que son reiteradas por el artículo 83 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, el que suscribe Maestro Víctor Manuel Bernal Vargas, tengo a bien emplear este medio para presentarle al máximo órgano de gobierno municipal, la iniciativa de acuerdo edilicio.
La cual tiene por objeto que el Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, autorice la modificación al Presupuesto de Egresos del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco para el Ejercicio Fiscal 2024, para realizar la Asignación Presupuestaria a Órganos Autónomos en apoyo al Organismo Público
Descentralizado denominada SEAPAL- VALLARTA.
Para abundar más, sobre el objetivo que se plantea a través de la presente, ofrezco para su conocimiento el siguiente apartado de:
CONSIDERACIONES
El once de diciembre del año en curso, el Ing. Carlos Alberto Ruiz Hernández, Director General del Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Puerto Vallarta, Jalisco, presentó escrito a través del cual solicita recursos económicos para sufragar gasto corriente del organismo público descentralizado, erogaciones que se encuentra directamente vinculadas con las obligaciones financieras de fin de año.
De la solicitud mencionan que los recursos económicos serán devueltos a mas tardar en el periodo comprendido del 1° de enero al 15 de marzo del año 2025, siendo esto una propuesta de retorno de los recursos. De conformidad con la información proporcionada por la Tesorería Municipal, actualmente el Municipio posee recursos que pueden contribuir a solventar la deficiencia presupuestal que tiene el SEAPAL-VALLARTA, por lo cual resulta una propuesta que se puede realizar.
Ahora bien, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto emitido por el Consejo Nacional de Contabilidad Gubernamental, se prevé un capítulo 4000 denominado TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS, mismo que a su vez contempla una partida enumerada 4100, la cual se denominada TRANSFERENCIAS INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR PÚBLICO, sin embargo, en el caso concreto es importante establecer la partida específica que será materia de ampliación, misma que lleva por número el 414 ya que esta contempla las «Asignaciones presupuestarias a Órganos Autónomos», siendo el vínculo principal y potestativo para que el Ayuntamiento pueda colaborar con el Organismo a fin de que pueda cumplir con sus obligaciones financieras al cierre del ejercicio del presente año. Bajo las condiciones referida previamente, este Ayuntamiento puede coadyuvar con el SEAPAL-VALLARTA, sin omitir mencionar, que es un organismo paramunicipal creado por éste Órgano de Gobierno, razón suficiente para colaborar en el soporte de la operatividad que requiere el organismo. Por las consideraciones anteriores, se muestra la procedencia del objeto que busca la presente iniciativa.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción IV de su artículo 114 establece que los municipios administrarán libremente su hacienda.
En cuanto a nuestro ordenamiento local de similar naturaleza, siendo esta la Constitución Política de del Estado Libre y Soberano de Jalisco, en su artículo 88 menciona que los municipios administrarán libremente su hacienda.
Por su parte la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco, establece en su artículo 219 menciona lo siguiente:
Artículo 219. No procederá pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto de Egresos y en sus modificaciones posteriores o con cargo a Ingresos excedentes, atendiendo lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Los Municipios deberán revelar en la cuenta pública y en los informes que periódicamente entreguen al Congreso del Estado, la fuente de ingresos.con la que se haya pagado el nuevo gasto, distinguiendo el gasto etiquetado y no etiquetado.
Destacó el edil los recursos que integran la hacienda municipal deben ser ejercidos en forma directa por los ayuntamientos, o bien, por quienes ellos autoricen en sus reglamentos.
Este fundamento es el principal para dar la suficiencia presupuestal a las partidas correspondientes al contemplar las modificaciones la presupuesto, así como posibilitar la entrega de recursos al SEAPAL-VALLARTA
Una vez plasmado el sustento legal del presente documento, me permito presentar para su aprobación, negación o modificación el siguiente:
ACUERDO DE AYUNTAMIENTO:
PRIMERO.- El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, aprueba la aportación de recursos económicos por la cantidad $33,000,000.00 (treinta y tres millones de pesos sin centavos) al Organismo Público Descentralizado denominado Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Puerto Vallarta, Jalisco, para que solvente sus obligaciones financieras inherentes al cierre del ejercicio fiscal, debiendo realizar la devolución al Municipio de Puerto Vallarta, a través de la Tesorería Municipal, a más tardar el 15 de marzo del año 2025.
SEGUNDO.- El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, instruye al Tesorero Municipal, para que sea la dependencia vigilante y coordinadora a efecto de que se realice la devolución a la que se refiere el punto anterior, debiendo dar cuenta de ello a este Ayuntamiento.
TERCERO.- El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, autoriza al Tesorero Municipal para que realice las modificaciones necesarias al Presupuesto de Egresos del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2024, en cumplimiento al presente acuerdo de ayuntamiento.