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El fisco ha emitido multas por mil 966 millones de pesos a poco más de mil contribuyentes que no identificaron a los clientes de actividades vulnerables o que no presentaron los avisos correspondientes con base en la ‘Ley Antilavado’, de acuerdo con información obtenida por El Financiero vía transparencia.
En promedio cada sanción ascendió a 1 millón 800 mil pesos, aunque de acuerdo con especialistas, las multas llegan hasta 100 millones de pesos.
De estas multas, derivadas de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), la mayoría, u 83 de cada 100, se expidieron en el último año y medio, del 1 de agosto de 2016 al 28 de febrero de 2018. La Ley entró en vigor en julio de 2013.
No obstante, de las mil 89 multas emitidas, sólo se han pagado 341 por un monto de 7 millones de pesos, es decir, sólo 0.37 por ciento del total de multas aplicadas.
“Es demasiado dinero, he escuchado multas de 100 millones de pesos”, expuso Raymundo Pelayo, socio de Salles Sainz Grant Thornton.
En entrevista, señaló que los sujetos obligados, apegados a esta Ley, no han puesto realmente atención al cumplimiento de esta norma.
“Regularmente, se focalizan en registrarse ante Hacienda o en que su abogado o alguna persona sin experiencia y que no tiene conocimiento pleno de la implementación de controles en materia de prevención de lavado de dinero, cumpla con la norma, lo cual no les ayuda a llevar un cumplimiento adecuado”, expuso el especialista en servicios de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
Agregó que las sanciones se van a ir incrementando conforme la autoridad se vaya dando cuenta de donde están las principales fallas y gracias a la mayor aproximación de la inteligencia financiera y fiscal de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con el SAT.
En tanto, Juan Manuel Franco, socio de consultoría fiscal de la firma BDO, señaló que la Constitución señala que las multas aplicadas no pueden ser excesivas.
Recordó el artículo 22 de la Constitución mexicana indica que una multa es excesiva cuando es desproporcionada a las posibilidades económicas del infractor en relación a la gravedad del ilícito.
Fuertes sanciones
Podrían seguir creciendo con el avance de la inteligencia financiera-fiscal.
Razones de las multas cuando se trata de actividades vulnerables:
a. Identificar a los clientes y verificar su identidad con documentos oficiales; recabar copia.
b. Indagar si el cliente conoce al dueño beneficiario y pedir documentación oficial para identificarlo; si no la tiene, declarará que no cuenta con ella.
c. Presentar los avisos en la secretaría de Hacienda en los tiempos y formas previstas en la Ley.
Razones para multar
Las principales razones por las que se ha multado a los contribuyentes son: no identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen las propias actividades sujetas a supervisión y verificar su identidad basándose en credenciales o documentación oficial, así como recabar copia de la documentación.
Por no solicitar al cliente o usuario que participe en actividades vulnerables información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del dueño beneficiario y, en su caso, exhiban documentación oficial que permita identificarlo, si obrare en su poder; en caso contrario, declarará que no cuenta con ella.
Y por no presentar los avisos en la Secretaría de Hacienda en los tiempos y bajo las formas previstas en la Ley.
En la actualidad hay 22 juicios en proceso ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa derivados de recursos de revisión.
“La Ley obliga a verificar la identidad del cliente y a tener ciertos elementos de seguridad como buscar a la persona en ‘listas negras’, pedir la identificación y comprobante de domicilio y asignar un nivel de riesgo; si aún así no se identifica al presunto lavador de dinero, el empresario ya cumplió y no se le puede sancionar”, apuntó Pelayo.