Queda firme la determinación del IEPC de Jalisco, por lo que deberá ser mujer la candidatura a la presidencia municipal de Puerto Vallarta en el Partido Morena, así lo ratificó el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, en la sesión de este miércoles.
El Tribunal Electoral del Estado de Jalisco rechazó el Juicio de Protección de Derechos Políticos presentado por el militante de Morena, Luis Alberto Michel Rodríguez, tras la determinación del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, que estableció que el partido debe cumplir con la equidad de género designando una mujer para la candidatura a la presidencia municipal.
El magistrado Tomás Vargas Suárez emitió el fallo correspondiente durante la sesión plenaria realizada este miércoles 07 de febrero, donde se desestimó el recurso de impugnación presentado por Michel Rodríguez.
En el resolutivo del Juicio de Protección de Derechos Políticos Electorales JDC-002/2024, se argumentó que la impugnación no cuenta con interés jurídico debido a que la entrada en vigor de las disposiciones impugnadas no genera una lesión directa a un derecho político electoral específico. Por lo tanto, se propuso desechar el juicio ciudadano de acuerdo con el artículo 509.1, fracción segunda del Código Electoral Local.
Este resolución fue aprobada por unanimidad.
Se sabe que el proponente siempre alegó su derecho constitucional a reelegirse, pero este derecho no existe en la Constitución. Lo que sí existe es una expectativa de derechos, que tiene el derecho de ser considerado por su partido para repetir candidatura, no para ser reelecto.
Cabe destacar que el también alcalde de Puerto Vallarta, puede apelar a otra instancia Superior.