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Vinculan a proceso a exdirector de la policía; involucran a regidora en desaparición de «Chavita»

Por Paty Aguilar
NoticiasPVNayarit

En cada audiencia de «imputación» que se ha celebrado en el Centro Regional de Justicia Penal, de Nayarit, con sede en la capital, Tepic, con hasta ahora cuatro de los detenidos, se han presentado datos de prueba que le empieza a dar forma a la verdad jurídica sobre cómo fue la detención de Salvador Macías Valdez, de 33 años de edad, el pasado viernes 29 de junio 2018, quién al día siguiente, sábado 30, entre las 4:00 y 6:00 horas, desapareció de las celdas de la cárcel preventiva.

Por tal motivo, su padre, don Álvaro Macías, ese mismo día, ante el Ministerio Pública de Valle de Banderas, Bahía de Banderas, Nayarit, presentó denuncia por Desaparición Forzada de Persona; delito grave que de resultar responsables, pueden alcanzar hasta 40 años de prisión.

En la sala de audiencia número tres, el Juez de Control, Antonio Enríquez Soto, tras alrededor de 5 horas de presentación de pruebas y debate de las mismas entre el abogado de la defensa de Ricardo “N” “N”, José Antonio Torres Arteaga y los agentes del ministerio público de la Fiscalía General de Nayarit, que son la parte acusadora que representan a don Álvaro Macías, por el delito antes mencionado en agravio de su hijo, Salvador Macías Valdez, dictó Auto de Vinculación a Proceso, a Ricardo “N” “N”.

Durante el desarrollo de la audiencia, el abogado defensor, presentó 4 testigos, dos de ellos amigos personales de Ricardo “N” “N”, que dieron cuenta del comportamiento probo de Ricardo “N” “N”, así como de experiencia en cargos en el ámbito de Seguridad Pública desde hace varios años ocupando cargos importantes y como director, tanto en Puerto Vallarta, Jalisco, como en Bahía de Banderas, y dos policías municipales, que informaron al Juez de Control, sobre la ubicación del inculpado el día y hora del lugar de los hechos, 29 de junio 2018, donde quedó establecido, según estos testimonios, ya que se trata de su asistente y escolta, que Ricardo “N”, alrededor de las 2 de la tarde se encontraba en una reunión de trabajo en donde se estaba organizando el operativo de seguridad para el día de la Elección Federal que se celebraría el domingo 1 de julio 2018.

Que a las 3 de la tarde con 15 minutos, su asistente recibió una llamada en el celular de Ricardo “N”, por parte de la regidora, Nilda “N”, quién le manifestó que Salvador Macías, había tratado de abusar sexualmente de su sobrina que es menor de edad y que requería su apoyo para buscarlo y detenerlo.

Que Ricardo “N”, tuvo comunicación con el licenciado, Job “N” N”, subdirector operativo de Seguridad Pública, quien le informó que ya tenía el reporte y la persona ya había sido detenida. Luego, Ricardo “N” continuo en la reunión, se terminó la misma, y su asistente lo dejó en la puerta de su domicilio en la comunidad de San Juan de Abajo, Bahía de Banderas, Nayarit, a las 7 de la noche de ese día viernes 29 de junio donde descanso toda la noche.

El otro testigo, escolta de Ricardo “N”, testificó que él llegó por Ricardo “N” a su domicilio como a las 6 y media de la mañana del sábado 30 de junio y lo trasladó a la cárcel preventiva donde al llegar, el comandante de guardia y demás custodios le informaron que Salvador Macías, se había fugado durante la madrugada.

Con estos testimonios, el defensor de Ricardo “N” “N”, expuso que su cliente, no estuvo enterado sobre cómo se llevó a cabo la detención y tampoco cómo fue que se fugó Salvador Macías, motivo por el cual, consideró que no era parte de la comisión del delito que se le imputaba, por lo que reiteró, que solo se enteró de la petición que le hizo la regidora, Nilda “N” y segundos después de lo que le informó Job “N”.

También, el abogado defensor, hizo hincapié, que derivado de los datos de prueba obtenidos de los testimonios producto de la investigación oficial sobre quienes habían participado en la detención y posterior encarcelamiento de Salvador Macías, quedó demostrado que a petición de Pedro “N” (ya vinculado a proceso) “en contubernio” con Job “N”, subdirector operativo de Seguridad Pública, fue que se detuvo a Salvador Macías, de lo cual, Job “N” no enteró a su defendido, él se enteró, reitero, por la regidora, Nilda “N”.

Que la regidora, Nilda “N”, a las 14:30 horas, llamó a su hermana, esposa de Salvador Macías, que estaba comiendo en un restaurant del edificio 3.14 de Nuevo Vallarta, donde trabaja, para informarle que Salvador, había tratado de abusar de la hija de Pedro “N”, fue entonces que le dijo a su hermana, que tenía a la vista a Salvador, que estaba estacionado en el OXXO, ubicado cerca del lugar donde estaba ella, es por ello, que media hora después, llegaron los policías y lo detuvieron.

Además, que Pedro “N”, le hizo saber a Job “N” que había una orden de aprehensión contra Salvador Macías, que la buscara en plataforma, pero Job “N” le dijo que no había plataforma. Se dijo también que el comandante de guardia, había informado al abogado de Salvador Macías, que podían pasar a pagar la multa, ya que se trataba de una falta administrativa, sin embargo, cuando se intentó pagar se negaron y les indicaron que por orden de su superior, no se mencionó quien, Salvador Macías, no sería liberado.

Sobre el subdirector de tránsito, que también pertenece a la Dirección de Seguridad Pública, su titular, Pedro “N”, se mencionó que este había pedido auxilio para localizar y detener a Salvador Macías, es por ello, que tanto Job, subdirector operativo de seguridad pública, como Pedro “N” subdirector de tránsito, unieron esfuerzos para la localización de Salvador Macías, que conducía un vehículo blanco Liberty, de reciente modelo, propiedad de su padre, don Álvaro Macías y que en el momento de la detención estaba estacionado fuera del OXXO en mención, pero ello, gracias a que la esposa de Salvador Macías, le informo a su hermana, la regidora, Nilda “N” la ubicación del vehículo de su exesposo, que en ese lapso, entre las dos y media y 3 de la tarde, según el celular de Salvador Macías, estaba conectado con Pedro “N”, hermano de la regidora y padre de la ofendida, intercambiando ofensas y amenazas por parte de Pedro “N” y aclaraciones y disculpas por parte de Salvador Macías.

Finalmente, fue detenido a las 3 de la tarde del viernes 29 de junio 2018, lo que estableció que su detención no se debió a que estaba ebrio y agresivo, sino a una petición de Pedro “N”, por lo que se determinó que esa detención fue ilegal desde la pasada audiencia de imputación contra Pedro “N”, a quien se le dictó auto de vinculación a proceso y 6 meses de prisión, para completar la carpeta de investigación para la aportación de más pruebas de parte de ambas partes que determinen al final su probable responsabilidad o exoneración del delito que se les imputa.

Y así, el defensor narro varios testimonios y hechos de prueba que pasaron durante la detención y dentro de la cárcel y de los cuales su cliente no fue enterado, por lo que dijo al Juez que no había datos de prueba que acreditaran su participación en lo que se le acusa.

El abogado defensor, señaló al juez, que los agentes del ministerio público de la Fiscalía General de Nayarit, durante su exposición, no habían presentado datos de prueba que incriminen a su cliente, lo cual se basó dijo, en solo sospechas de responsabilidad criminal y que los indicios deben ser de pruebas directas por lo que se atenta contra la presunción de inocencia de su defendido.

La réplica del agente de ministerio público, sobre lo dicho por el defensor de la causa, que el cúmulo de datos de prueba que existen en la carpeta de investigación, presuponen que Ricardo “N”, tuvo conocimiento de la detención que fue ilegal, que dio consentimiento a las actuaciones de sus subordinados, como el mismo defensor lo dijo, desde el momento en que no se presentó en la cárcel hasta el día siguiente, por lo que si había indicios razonables de su participación, ya que él era el Director de Seguridad Pública de Bahía de Banderas, por lo tanto es responsable de la seguridad y protección de los presos en la cárcel preventiva, por lo que pidió al juez se vinculara a proceso.

Finalmente, el juez de control, luego de dar un resumen en general de los datos de prueba, argumentaciones y debates que se presentaron por ambas partes, le dieron luz para justificar que ha cometido presumible delito contra el ofendido. Que Ricardo “N” en su calidad de Director de Seguridad Pública, tenía bajo su mando la responsabilidad directa y garante de la seguridad de los internos y aún que no participó, violó el deber de estar al pendiente de sus subordinados por su presumible actuación dolosa. Enseguida, el juez de control, dictó el auto de vinculación a proceso, se incrimina en el delito de Desaparición Forzada de Persona porque existen elementos que lo vinculan.

Asimismo, dio a conocer que existen acciones legales para la localización de otros imputados.

En breve entrevista con el abogado defensor, señaló no estar conforme con la resolución del Juez de Control, que también se lo dijo a él durante la audiencia, ya que consideró que la prisión por 6 meses era excesiva para su cliente. Asimismo reiteró que no existían elementos suficientes para dictar un auto de vinculación, porque jamás se probó en audiencia una participación del director de Seguridad Pública, motivo por el cual, interpondrán el recurso legal correspondiente, en este caso un amparo, porque no hay ningún señalamiento directo.

Consideró que no se agotó el protocolo de una persona desaparecida, nunca se investigó el mensaje de Facebook y de qué teléfono se había realizado la llamada que el padre de la víctima recibió al parecer de su hijo. Sobre su mención en audiencia de la participación de Pedro “N” subdirector de tránsito, que en contubernio con Job “N”, habrían buscado a Salvador Macías, para lograr su ubicación y detención, el abogado se desdijo, dijo no haber utilizado la palabra “contubernio”, sino que había dejado claro, según los datos de prueba que se encuentran en la carpeta de investigación, si había participado.

Asimismo, señaló que si existía la probable causa de que Salvador Macías, si se haya fugado de la cárcel porque sabía que había una orden de aprehensión contra él y un posible hecho por que se le denuncio por un posible abuso sexual o atentados al pudor.

“Licenciado, ¿si el señor, Ricardo “N”, haya hecho uso de investidura como director, estaría con nosotros, Salvador? Me refiero a que al director, Job “N”, ya lo tiene detenido y Ricardo “N”, no le pregunta ¿lo detuviste en flagrancia o cómo fue la detención? Nunca investiga, tomando en cuenta además, de que el muchacho –Salvador-, es pariente del señor” se le preguntó, titubeo, evadió la pregunta y se fue por la tangente, así contestó “Lo único que considero es que como lo vuelvo a repetir, que para mí la investigación falto más no preocuparse por los posibles responsables, sino preocuparse por el paradero de esta persona, que se encuentre bien.

Se le hizo saber que si se llevó a cabo una búsqueda de Salvador, tanto en casas de familiares y amigos y de poblaciones donde se decía estaría escondido, sin embargo, interrumpió incesamente la exposición de esta reportera que tenía como finalidad preguntar si esta búsqueda no estaba en la carpeta de investigación, y nuevamente se salió por la tangente, dijo que no podía decir cosas a manera de suposiciones, le dije que no eran suposiciones, que hubo entrevistas y nuevamente interrumpió para decir:

“Yo he sido abogado de parte de víctimas de esos delitos y lo primero que hace la Fiscalía es, en este caso, hacer la alerta de desaparición de la persona, que en este caso sería buscar a la persona por medio de periódico, poner fotografías en todos los lugares, ya sea en el municipio de Bahía, Nayarit, en el municipio de Jalisco (sic), más tomando en cuenta la llamada en la que se evidencia hay una persona, en si no recuerdo el nombre, pero es un abogado, Percastre, que él señala que el presente pasivo (Salvador Macías) se comunicó con el padre y le dijo que estaba bien que iba a interponer un amparo, entonces, en ningún momento se está señalando a nadie, lo único que se trata por medio de esta defensa y yo creo que también de las demás personas involucradas es llegar al verdadero esclarecimiento de los hechos”

Una pregunta más, se le dijo “¿Al violentar la Fiscalía, a través de sus agencias del Ministerio Público, se puede considerar, al no hacer lo que usted dice que debieron haber hecho, el debido proceso? No, dijo, “eso ya se combatirá dentro del presente proceso en su momento procesal oportuno, sería en la etapa de Juicio. No tengo nada más que agregar”, así concluyó.

Pero reiteró que su cliente no tuvo nada que ver en este hecho y es claro por los datos de prueba que hay hasta ahorita, que no hay evidencia contundente que haya participado en algún hecho, su único pecado, se podría decir, es precisamente, como lo señaló el juez, que él era el Director de Seguridad Pública, no obstante a ello, no se trata aquí de involucrar a nadie, sin embargo, en mi consideración personal, de acuerdo a mis conocimientos, se está violando el principio de presunción de inocencia, muchas gracias” finalizó.

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